La Isla
lunes, 3 de diciembre de 2018
jueves, 18 de octubre de 2018
Colonia de ánsar común en Orellana
Hace unos días tuve ocasión de ver una colonia de ánsar común en el pantano de Orellana, en las inmediaciones de la ermita de Confederación que da vista a la Presa, compuesta por unos 40 o 50 ejemplares. Algunos volaron hacia el agua cuando apreciaron mi presencia.
Todo indica que anidan por ese paraje. Ojalá se asiente por la zona.
Todo indica que anidan por ese paraje. Ojalá se asiente por la zona.
viernes, 25 de mayo de 2018
Los Molinos harineros del señorío de Orellana la Vieja en el río Guadiana
En el primitivo cauce del río Guadiana, desde algún
punto a la izquierda de la Isla que hoy se aprecia frente a su Playa en el
embalse de Orellana y hasta una distancia de dos o tres kilómetros por debajo
de la Presa actual, existió, desde al menos el año 1321, algún molino harinero,
que a lo largo de los años de dominio señorial fueron sumándose a izquierda y
derecha del río, procurando a la población
del lugar la imprescindible función de moler sus cereales. Desde la antigüedad, el aprovechamiento del agua como fuerza
motriz vino a resolver por medio de molinos el problema de la molturación,
sustituyendo la fuerza animal o acaso humana a un coste relativamente bajo, mientras se lograba una
efectividad muy superior. Algunos de estos
ingenios fueron instalándose a partir de la llegada de los Altamirano al lugar,
aunque los documentos disponibles ya acreditan la presencia de diferentes aceñas entre
las posesiones que allí tenían los abuelos paternos de Juan Alfonso de la Cámara, primer señor de Orellana la
Vieja.
Situado en la margen izquierda del río, justo en el vértice donde confluían, en el centro del cauce los términos de Orellana la Vieja, Orellana de la Sierra, Esparragosa de Lares y Campanario, estaba situado el de mayor importancia, al que llamaron siempre Molino Viejo, tal vez porque fuera el más remoto en el señorío. Aguas abajo, situado en la confluencia del Arroyo de Tamujoso con el Guadiana, en su margen izquierda, estaba el molino de ese nombre, y en el extremo más occidental del término, también en la margen izquierda, el Molino Nuevo. Frente al molino Viejo, un tanto más abajo, el Molino de la Gangarrilla, el único que perduró activo hasta poco antes de embalsar las aguas la Presa de Orellana hacia 1957, del que algunas personas del lugar aún podrán evocar con aprecio el aroma de la harina recién extraída, aroma de cuyo recuerdo no quiero yo excluirme. Existió además otro de menor tamaño, el Molino del Cañal, también en la margen derecha, frente al de Tamujoso, en las inmediaciones de la dehesa del Coto y que tuvo que desaparecer antes del año 1540. Debo advertir que alguno de ellos, con el tiempo, tal vez llegaron a conocerse con otro nombre, aquí mantengo la denominación original que consta en los documentos.
Hace
unos días visité el molino de Tamujoso, ahora casi oculto por la vegetación,
aunque aún puede verse por dentro y apreciar parte de lo que configuraba su
construcción. A tan solo unos pocos kilómetros, en el río Zújar, accesible
desde la carretera del canal, existe otro muy similar, el molino del Capellán,
habilitado modernamente para mostrar lo que habrían podido ser sus
instalaciones originales. Usaré algunas de sus imágenes para tatar de
complementar las que tenemos sobre los molinos del Guadiana, además de que abundan
en este lugar las llamadas marmitas, oquedades
abiertas en la roca por la furia del agua durante siglos.
A continuación, un breve recorrido con la información de que disponemos sobre las diferentes instalaciones.
Molino Viejo
Situado a la izquierda de la
corriente del río, estaba construido frente a la confluencia del arroyo de las
Tenerías, en un paraje conocido como la Bernagaleja. Tenía una casa
aneja a sus instalaciones como vivienda para el molinero y aperos para su
mantenimiento. Con cuatro ruedas de piedra era
el mayor de su categoría y a pesar de su primitiva construcción era el único
que estaba en plena producción en 1728. Debido a las malas condiciones
económicas por las que atravesaba el marqués de Orellana, en años anteriores no
pudo llevar a cabo las imprescindibles labores de conservación y ésta fue sin
duda la causa que propició su casi total devastación, porque al poco no pudo resistir
las fuertes crecidas del río, que destruyeron su presa, la casa y la mayor parte de sus instalaciones. Después de que en ese año se culminara su
reconstrucción parcial, pudo arrendarse al vecino de Orellana Antonio
Oxeda por 8.000 reales, incluyendo en ese precio el derecho a cobrar el uso de
la barca que cruzaba el Guadiana a los pasajeros que no fueran del pueblo, así
como el derecho para usar en invierno los restos que quedaran hábiles del
molino de Tamujoso y, en verano, del molino de la Gangarrilla, ambos maltrechos
por las inundaciones de esos años.
Pese a la costosa reconstrucción
de la presa, la reforma de su interior y los arreglos que se hicieron en la
casa del molinero, aún faltaba la colocación de rodetes nuevos en sus cuatro
juegos de piedras, lo que según los expertos del pueblo podría hacer que su
arrendamiento subiera hasta los 12.000 reales.
Molino Nuevo
Fue construido también en la margen izquierda, en el extremo más occidental del término de Orellana, donde se unía al de La Coronada y Don Benito, en la Isla de los Abades. Un memorial confeccionado hacia 1554 lo describe en pleno funcionamiento: "otro molino que se dice el Nuevo en la misma rivera en termino de Orellana que tiene quatro heridas y muelen al presente tres ruedas". Debió perderse precisamente algunos años más tarde, porque en abril de 1600 algunos vecinos mayores de Orellana recordaban que “a mucho tiempo que se lo llevo el rio y no muele al presente aunque este testigo le conoçio moler”. Aún se conserva una imagen del mismo, conocido localmente como molino de Forraje.
Molino Nuevo (denominación de 1728). Fotografía extraída de la página Web Foro de Orellana e insertada por "AURELIANA", bajo el nombre de La Molineta. |
Molino de Tamujoso
Entrada del molino de Tamujoso |
Molino de Tamujoso, actualmente casi oculto por la vegetación. |
Según un
memorial de los bienes del mayorazgo de 1599, este molino estaba situado en la
dehesa de Las Gamitas, a la derecha tras iniciar el camino de Campanario desde
Orellana. El Arroyo de Tamujoso vertía sus aguas en la margen izquierda del
Guadiana, más abajo del citado vértice en el que confluyen los cuatro términos
municipales citados.
Más
pequeño que los anteriores, estaba construido junto a un vado que existía en
sus cercanías, zona tradicional de paso y donde parecían existir otras
construcciones, aprovechando las aguas del propio arroyo antes de que
confluyeran con el Guadiana: "Y de alli se paso al arroio de Tamujoso en
donde y a distancia del mismo rio de Guadiana se reconozio un vestigio de un
molino de sola una piedra imbernizo a quien le viene el agua por conducto
artificial reducida a canal haciendo de exceso para el movimiento violento de
agua despeñada en el que solo se hallo el despeñadero con las dos paredes
maestras y parte del cubierto y señalamiento del conducto”.
Tras la pérdida del molino
Nuevo, debió el señor de Orellana plantearse la construcción de algún molino de
menor tamaño o la recuperación de algún otro que ya existiera para ayudar a los
trabajos del molino Viejo. El de Tamujoso sirvió a partir de entonces para compensar en
invierno el efecto de las crecidas del río sobre el molino Viejo; en verano, ayudaba el de la Gangarilla, pero
sin que podamos saber la fecha de construcción de uno y otro, aunque en un
memorial confeccionado durante la segunda mitad del siglo XVI, sólo se
relacionan el molino Nuevo y Viejo, pero no el de Tamujoso ni el de la
Gangarrilla.
Ya en
1728, en efecto, y pese a las sucesivas reparaciones, estaban perdidos para el
trabajo tanto el molino de Tamujoso como el de la Gangarrilla, pues como explica Fernando
Sánchez Moñino: ”dicho maiorazgo tiene un molino de trigo a que llaman el Viejo
y este esta corriente y aunque tambien tiene el de Tamujoso y la represa de la
Gangarrilla y todos en el rio de Guadiana excepto el de Tamujoso que esta en el
arroyo del mismo nombre, pero estos estan sin uso... por lo que todos los
efectos oi sirven de poco y solo lo que da renta es el Molino Viejo, pues los
demas por perdidos no tienen utilidad alguna si no se reparan”.
Molino de la Gangarrilla
La comitiva de personas que
hacían el reconocimiento de los bienes del marqués de Orellana en 1728, fuente
básica de esta información, después de visitar el molino Viejo y el de Tamujoso
pasaron con la barca a la otra orilla, accediendo a las instalaciones del
lavadero de lanas y caminando luego por el olivar del Coto, hasta el molino de
la Gangarrilla y la viña del Río. Por el lugar en que se encontraba corrían
aguas poco profundas, más apropiadas para un
molino agostizo y de tamaño no muy grande: “desde alli se paso a hacer vista de ojos del molino que llaman
Gangarilla, y es una especie de presa que en el verano con poca agua
artificiosamente se muele y consta de dos paredes maestras en que se fijan
diferentes palos que sirven [par]a ympeler
la rueda del qual solo se le hallo vestigios de las paredes y canal por
donde va el agua”.
Hablando
del arrendamiento del molino Viejo, un testigo
explicaba “que dicho molino esta al medio del rio y de las dos juridiciones, de
Orellana y el estado de la Serena, y aunque en dicho arrendamiento esta
comprendido el molinillo de Tamujoso que serbia en el ybierno para moler quando
se aguaba el de Guadiana por las muchas aguas esta arruinado, y tambien la
Gangarrilla que esta en dicho arrendamiento y serbia el verano para moler con
poca agua lo que no se puede conseguir en el molino grande”. Molino al que se refieren siempre las informaciones como represa:
“Tiene otra presa que es la que llaman Gangarrilla, represa movil del rio en
tiempo de verano...” siendo éste
reconstruido posteriormente, porque fue el único de todos ellos que permaneció
en funcionamiento hasta mediados del siglo XX, lugar en el que confluía el camino que naciendo en Orellana se llamaba de la Molineta.
Aunque
no se cita en los documentos de 1629 ni en los de 1728 que nos sirven de
referencia, tal vez porque hubiera ya desaparecido, aún debió existir otro molino, más pequeño, en la margen derecha del
Guadiana, en las inmediaciones de la dehesa del Coto, al
que la toponimia del lugar reservó el nombre del Cañal, situado frente al de
Tamujoso pero más abajo, Tal vez, junto al molino
Viejo, fuera un molino de la primera época de poblamiento, porque El Cañal era
ya un lugar mencionado en el relato sobre la herencia de bienes que
recibió Juan Alfonso de la Cámara de su
padre en 1326 (“Heredamientos, pastos, casas, corral, torres, aceñas y canal
(sic) que los dichos don Mateo y doña Inés, su mujer, padres de los susodichos
y abuelos de los dichos Juan Alfonso, de la Cámara del Rey, habían en
Orellana...”. Memorial de los Altamirano
y Torres). Y aún se le recuerda a principios del siglo XVII, del que se
dice que en las inmediaciones de las Dehesillas existía un "cañal que esta
en la dicha rivera" y que a mediados del
XVI ya estaba perdido.
En su forma más simple, un
molino con canal está ideado para aprovechar la fuerza motriz del agua mediante
una diferencia de nivel entre el molino y su canal. El molino propiamente dicho debe asentarse en
algún lugar a orillas del río y situado al final de un cierto desnivel en su
cauce; más arriba se construye una presa para embalsar el agua y un canal que
se deriva de la misma. La función de ese canal es la de retener el agua en un
determinado punto, embalsarla y hacerla llegar al molino para que caiga libremente
con fuerza sobre un cubo de obra adosado, desembocando éste en un
estrechamiento llamado saetín, por medio del cual se conseguía dirigir el flujo
de agua a presión sobre el rodezno, una rueda de hierro asentada en la base del
artilugio de rotación y dotada de anchas
aspas radiales, en cuyo centro se alojaba el árbol por el que se transmitirá el
movimiento de rotación sobre la muela.
El árbol es una viga de madera,
generalmente reforzada con aros de hierro, que se mantiene en vertical y alojado en su base dentro del rodezno, cumpliendo la función de transmitir
el movimiento de rotación impulsado por
este a la muela a la que está sujeto en su extremo. Las piedras se fabricaron hasta principios
del siglo XIX en granito -piedra morena
española-, con un peso aproximado de entre
1 y 2 Tm. A partir de esas fechas fueron sustituyéndose por piedras
blancas o francesas, fabricadas con forma de porciones de queso unidos con
cemento y cinchos de hierro. Estas nuevas piedras presentaban la ventaja, además
de su mayor ligereza, de necesitar una frecuencia diez veces menor para su
recambio.
La molturación se produce así
por la fricción que se consigue ejercer sobre el grano insertado entre dos
piedras, manteniéndose una de ellas fija, la piedra solera, girando sobre ella
la piedra corredera que es la que recibe el movimiento de rotación que,
atravesando el suelo del molino, le transmite el árbol. Por encima de ambas piedras,
la tolva, por la que se va dejando caer el grano a medida que esta recibe
sacudidas a impulsos de otro brazo articulado. Sobre este mecanismo básico
se añadían luego otros varios aparejos
más o menos imprescindibles como pesas de equilibrado, poleas, palancas de
cambio, etc.
Interior del molino del Capellán. Río Zújar. |
Otra modalidad de molino eran
los de regolfo, en los que no existe canal, penetrando el agua en su interior directamente por entre dos de sus
tajamares a través de un conducto de sección rectangular que se estrecha considerablemente
a la salida. Para que la fuerza motriz del agua consiguiera hacer girar el
árbol el sistema se apoya sobre rodetes, situados en el interior de una cuba
cilíndrica, por eso, algunos molinos eran instalados en medio del cauce del río
para aprovechar directamente la fuerza del agua. Desde luego éstos eran de gran
envergadura y construidos de mampostería y sillería para mejor soportar el
empuje de la corriente.
martes, 24 de abril de 2018
jueves, 12 de abril de 2018
Condena a muerte de Fernando de Orellana [2]
Pero Fernando de Orellana hacía caso omiso de la justicia y prosiguió sin
escrúpulo alguno perpetrando fechorías, “no
queriendo obedescer ni complir las cartas y mandamientos de la dicha señora
reyna nuestra señora ni de los deputados de la su Hermandad destos sus reynos
que sobrello dieron…”. En septiembre de 1479, por ejemplo, siendo alcaide
de la Fortaleza de Orellana ,
recibió un nuevo requerimiento real porque Juan Ruiz
y Elvira Alonso, vecinos de Aldehuela, le reclamaban el
ganado que les había robado en una de las dehesas arrendadas, y prosiguió en la
misma actitud, como veremos.
Así que el temor que infundió con sus
amenazas en Lucas Martín causaron en
éste el efecto deseado, impidiéndole mantener en adelante el arrendamiento de
los pastos que servían de alimento a su ganado, forzando de este modo a
Francisco de Meneses a reclamar de la justicia
que le exigieran reparación a Fernando de Orellana
por los daños que le causaba en sus intereses, ya entrados en el invierno.
Acudió incluso a la autoridad de su hermano, obispo de Zamora, quien intervino, en efecto,
ante los procuradores de la Santa Hermandad
para que atendieran su reclamación. Tal vez su mediación pudo acelerar
el proceso, porque tan sólo doce días más tarde, la Junta General de las
Hermandades (compuesta por el duque don Alfonso de Aragón,
conde de Rivagorza, presidente y capitán
General de las Hermandades y los diputados generales reunidos en Toledo, entre
los que se encontraban Lorenzo Suárez
y Luis de Angulo,
acompañados, entre otros, por Alonso de
Quintanilla, marques del Espinar) acordó
comunicar a Ferrando Ortiz, capitán de la Hermandad, la actitud díscola de Fernando
ante la justicia: “Por lo qual vos
requerimos y mandamos de parte de los dichos rey y reyna nuestros señores y de las dichas
Hermandades y por virtud de los poderes que de sus altezas y de la Junta
General tenemos, que aceptando el conocimiento de las dichas cabsas y negocios,
llamadas y oidas las partes a quien atañen o atañer puedan en qualquier manera
simplemente y de plano sin estrepitu ni figura de juicio, y sin dar luengas ni
dilaciones de malicia, salvo solamente la verdad sabida, libredes judguedes y
determinedes por un sentencia o sentencias asi interlocutorias como definitivas
que en la dicha razon dedes y pronunciedes lo que fallardes por el tenor y
forma de las leis y ordenanzas de las dichas Hermandades, llegando y faciendo
llegar a debida execucion con efecto la sentencia o sentencias que en las
dichas cabsas e negocios por vos fueren dadas y pronunciadas…”, citando para
ello a cuantas personas considerase necesario.
El 28 de noviembre se reunió nuevamente la
Junta General de las Hermandades en Toledo, redactándose en esa ocasión un nuevo escrito dirigido a
los alcaldes y diputados de las Hermandades de la ciudad de Trujillo y las
provincias de Extremadura ,
así como de las otras ciudades, villas y lugares del reino y señoríos, en el
que se explicaba cómo Francisco de Meneses, vecino y regidor de la villa de Talavera , había mostrado
una sentencia en la que se condenaba a Fernando de Orellana
a la pena de muerte, denunciando su actitud insidiosa frente a la justicia “contra todo derecho diz que face otros
feos y abominables delitos robando y
prendiendo y amenazando a los que entran en las dichas dehesas, siendo del
dicho Francisco de Meneses por justos y derechos titulos y que fasta oi la
dicha sentencia no ha sido ni es executada en el dicho Ferrando de Orellana”,
solicitando nuevamente que fuera
ejecutara, motivo por el que el Capitán General de las Hermandades les enviaba
la mencionada carta, “por el tenor de la qual vos requerimos e
mandamos de parte de los dichos rey
y reyna nuestros señores y de las dichas Hermandades y por
virtud de los poderes que de sus altezas y de la junta General tenemos que
veades la dicha sentencia dada y pronunciada en la dicha razon contra el dicho
Ferrando de Orellana
y la executedes y lleguedes a debida execucion …sin poner en ello escusa ni
tardanza ni otra dilacion alguna, de manera quel dicho Francisco de Meneses
brevemente aia y alcance complimiento de justicia”.
El regidor de Talavera se había
dirigido también al Consejo Real alegando el daño que se producía en sus
intereses, porque al no poder arrendar las dehesas de Villalba, Carrascosa,
Pizarroso y el Pizarralejo perdía 100.000 maravedíes anuales, mientras Fernando de Orellana
mantenía sus felonías, “despues de asi condegnado siempre ha
cometido e comete cosas feas y mui inormes, robando y matando…”
Mientras tanto, viéndose acosado, por los
agentes de la justicia real, Fernando había
tratado de refugiarse bajo la protección del obispo de Plasencia. Al corriente
de sus maniobras, el regidor de
Talavera pidió de
inmediato que se actuara severamente contra ese obispado para que no se
entrometieran sus prelados en el asunto y
no entorpecieran la justicia civil, consiguiendo por medio de sus influencias la
intervención de los Reyes Católicos por medio de una carta que le enviaron
desde Toledo el 30 de noviembre de 1479, ordenando que
sus vicarios se abstuvieran de intervenir judicialmente en las causas
pendientes que existían contra Fernando de Orellana. Como la causa no pertenecía,
en efecto, a la justicia eclesiástica, sino a la jurisdicción real, en la misma
se expresaba: porque "agora el dicho
Ferrando de Orellana
se ha presentado en la carcel del obispo del dicho obispado de Plasencia y diz
que vosotros o alguno de vos aveis dado vuestras cartas de inhibicion contra
las justicias de la dicha cibdad de Trugillo y contra otra qualesquier mis
justicias, para que non entiendan ni procedan contra el dicho Ferrando de
Orellana. Lo qual dio que si asi pasase y vuestras cartas obiesen de ser
complidas seria dar cabsa a que maiores daños el dicho Ferrando de Orellana ficiese y otros
deseosos de mal vivir tomarian osadia para cometer semejantes cosas", prosiguiendo la carta e en los términos
siguientes: "Porque vos mando a
todos y a cada uno de vos, que non vos entrometades de perturbar ni perturbedes
cerca de lo suso dicho la mi justicia y que cesedes de dar y non dedes vuestras
cartas contra las dichas mis justicias y vos desistades y apartades del
conoscimiento de todo ello
y lo remitades a la dicha mi juredicion real..." A pesar de todo lo
dicho, Pedro de Orellana no llegaría a ser ajusticiado. Aún prosigue el asunto
como veremos a continuación.
jueves, 5 de abril de 2018
Condena a muerte de Fernando de Orellana [1]
A partir de la muerte de García de Orellana como
hemos comentado, se hizo cargo del dominio señorial su tío Pedro de Orellana el
Viejo, hasta que la Reina Isabel mandó confiscar la Fortaleza de Orellana la
Sierra en el verano de 1477, a la espera de que se resolviera el pleito que
mantenía contra éste Francisco de Meneses por la sucesión al mayorazgo. A principios de 1478 se produjo, propiciado por la Reina, un acuerdo entre
ambos (Acuerdo de Guadalupe), a consecuencia del cual se dividió el patrimonio vinculado entre
los dos contendientes, quedando la
titularidad del dominio señorial en poder de Pedro de Orellana, correspondiéndole a Francisco de Meneses las
dehesas de Villalba, Carrascosa, Pizarroso y Fizarralejo, tal y como hemos
visto anteriormente.
Resuelto de este modo el
conflicto judicial, Pedro de Orellana fundó nuevo mayorazgo pocos años después en
su hijo Fernando el 11 de abril de 1480, en las insólitas circunstancias que
luego veremos, vinculando al mismo todos los bienes que le habían sido
asignados en Guadalupe, nombrándole al mismo tiempo sucesor del señorío de Orellana de la Sierra.
Pero Fernando de Orellana nunca aceptó de
buen grado que parte de las tierras que hasta entonces habían pertenecido a su
familia estuvieran ahora en poder del regidor de Talavera, así que a la llegada
de los primeros rebaños mesteños, a cuyos dueños Francisco de Meneses arrendó
en el otoño de 1478 los pastos de Villalba, la Carrascosa, Pizarroso y Pizarralejo,
reaccionó con violencia contra los recién llegados. Uno de esos mesteños era Lucas
Martín, natural de Aldealengua de
Pedraza, que había arrendado, como todos los años, los pastos de esas dehesas. Ya
había mostrado antes Fernando su talante, cuando llevado por su ira, amenazó de
muerte al procurador de Francisco de Meneses durante el proceso judicial que
mantuvo contra su padre, así que a los pocos días de la llegada del mesteño con
sus rebaños, éste sufrió de improviso el asaltado de Fernando de Orellana, que le condujo a la
fuerza a su castillo de Orellana de la Sierra “contra
toda razón y justicia, no faciendo nin diciendo por qué mal, ni daño, ni prison
debiera recebir”.
Tras estos hechos, el hijo del mesteño
denunció de inmediato la agresión ante el alcalde mayor en la villa de Talavera , en la que por
entonces era corregidor Diego
López de Ayala, dándole a conocer los detalles del confinamiento
de su padre y el mal trato que había recibido por parte de Fernando de Orellana
y solicitando en consecuencia que
interpusiera demanda judicial en su nombre ante la justicia, reclamando la protección
del Concejo de la Mesta.
Lucas Martí sólo pudo salir al fin de su
reclusión después de nueve semanas y tras pagar los 45.000 maravedíes que le
exigió su captor. En las declaraciones que luego realizó el mesteño frente a
los jueces contó éste con detalles lo que le habían sucedido mientras cuidaba
su ganado en las proximidades de Zorita, donde irrumpió violentamente contra él Fernando de Orellana ,
alcaide de la casa fuerte de
Orellana de la
Sierra , acompañado de otros tres jinetes y,
“contra toda razon y justicia, le fizo cavalgar en un cavallo suio que
alli tenia y lo llevo preso al dicho castillo de Orellana ,
faciendo y cometiendo contra el carcel privada y caiendo en caso de Hermandad y
que lo tobo preso cierto tiempo en el dicho castillo, no lo dejando ver ni
fablar a persona alguna, de tal manera que no se sabia si era muerto ni vivo”
reteniéndole hasta que “como a mesmo
enemigo de la nuestra fe catholica” le pagaron 45.000 maravedíes por su
rescate, haciéndole jurar que en adelante no volvería a pastar en aquellas
dehesas amenazándole de muerte si lo
hacía, “e al tiempo que le obo de soltar
saco partido con el y le hizo jurar y prometer que dende en adelante no
comprase ni entrase a pacer con sus ganados las dichas mis dejesas, faciendole
sobrello grandes amenazas que si en ellas entrara o las comprara el o otras
qualesquier personas que los robaria y mataria y les tomaria todos los bienes y
ganados que en ellas metiesen”.
Sometido así Fernando al proceso judicial y
presentados los oportunos testimonios, el 14 de mayo de 1479 Gonzalo de Renes,
miembro del Consejo Real y diputado de las provincias de Extremadura por la
Junta General de las Hermandades pronunció finalmente sentencia contra Fernando de Orellana
en Cáceres, considerando probados los hechos que se le imputaban: "avido mi acuerdo y deliberacion fallo que
debo condegnar y condegno al dicho Fernando de Orellana
a muerte natural y que muera a saeta, segund manda la ley de la dicha
Hermandad. E mando de parte del rey
y reyna nuestros señores y de la Junta de la Hermandad destos
reynos y ruego y requiero de la mia a todos y qualesquier justicias, asi
alcaldes de la Hermandad como otras qualesquier, de qualesquier cibdades y
villas y logares destos regnos y señorios y a qualquier dellos ante quien esta
mi sentencia pareciere y della fuere pedido complimiento de justicia o su
traslado signado de escrivano publico que la cumplan en todo segund en ella se
contiene y la fagan levar a debido efecto por la qual les doi todo poder
complido segun que lo yo tengo de los dichos reyes nuestros señores y de la
Junta General” (Sentencia
de muerte contra Fernando de Orellana. Cáceres, 14 de mayo de 1479. RAH Colec.
Salazar, Libro M-96, fol. 200v). Actuaron junto a Renes como testigos, Alfon de
Quintanilla y Gonzalo de Madrid ,
escribano y notario de la Cámara Real.
sábado, 17 de marzo de 2018
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